ultimas noticias

29 abril, 2009

EL RIESGO DE LA SEGURIDAD PRIVADA CONTRATADA CONTRA LA PIRATERIA EN AGUAS DE SOMALIA

.

LA SEGURIDAD PRIVADA, A BORDO DE BARCOS, ENCARGADA DE LA PROTECCIÓN CONTRA LOS ABORDAJES DE PIRATAS SOMALÍES SE ENFRENTA A UN PELIGROSO ENTRAMADO CUYOS HILOS MANEJA LA MAFIA INTERNACIONAL


Estos piratas del siglo XXI , temerarios donde los haya, están dispuestos a jugarse la vida porque apenas valoran la suya, salen a la caza de un botín que les permitirá un bienestar inalcanzable para el resto de sus compatriotas.


El fruto de la piratería les permitirá también la entrada en las tribus que atesoran las mujeres más bellas de Somalia, y por cuya liberación, los jóvenes corsarios también deberán pagar un alto rescate.


Pero esto, solo es “la punta del iceberg”, los grandes cerebros de esta trama, expatriados somalíes o extranjeros de fortuna, disfrazados de hombres de negocios, operarían desde Dubai, Nairobi o Mombasa .


Estas camarillas mafiosas, muy bien organizadas, mueven enormes cantidades de dinero y disponen de tecnología capaz de interceptar comunicaciones y rastrear el cargamento, la nacionalidad, la ruta, e incluso las defensas de los barcos, a fin de preparar su secuestro.


Una vez que se ha producido el secuestro pirata, TODOS GANAN EN LA NEGOCIACIÓN:


Partiendo del obvio encarecimiento que han experimentado los seguros maritimos, cada participante en el proceso de negociación para el pago del rescate tiene una función que cumplir: los mediadores regatean, los abogados garantizan tratos sin vulneraciones legales, los funcionarios corruptos saltan sobre las trabas administrativas y el hombre del maletín se acompaña de gente armada, pues alguno fue atacado y muerto al saberse que trasladaba el pago de un rescate.


TODOS COBRAN: los mediadores, cerca de 100.000 euros, los abogados, más de 300.000, según la complejidad del caso, y las empresas de seguridad, entre 150.000 y 300.000 euros, si la operación es peligrosa y son requeridos sus servicios.


El proceso arranca cuando los piratas se apoderan de la documentación y teléfonos satélites del buque para hablar con los propietarios, de viva voz o por mensajes de texto.


Los operadores de telefonía tambien ganan ya que la factura telefónica puede dispararse hasta los 50.000 euros, pues se establecen contactos internacionales a tres o cuatro bandas.


Cada uno de los piratas -en ocasiones pertrechados con máquinas de detección de billetes falsos porque han sido timados en alguna ocasión- reciben tambien en torno a los 50.000 euros.


En definitiva hay demasiados intereses de por medio como para que la seguridad privada, con los medios de que dispone, pueda ser un impedimento para esta gran "GRAN TRAMA PIRATA"


"MUCHO CUIDADO COMPAÑEROS"


Ver reportaje publicado en "El Pais" : LA PROSPERA COALICION PIRATA"


23 abril, 2009

DESACUERDO ENTRE UGT, USO Y CCOO SUSPENDE LA REUNION PREVISTA PARA EL DIA 21 DE ABRIL

.

POR SI NO TUVIÉRAMOS BASTANTE CON LOS DESPLANTES DE LA PATRONAL, TAMBIÉN TENEMOS QUE SOPORTAR LOS DESVARIOS DE ESTOS TRES “GRANDES”

El pasado día 21 de Abril estaba prevista una reunión de los representantes sindicales en la Mesa Negociadora del Convenio para tratar un nuevo calendario de movilizaciones y actuaciones ante la intransigente postura de la patronal.

FINALMENTE ESTÁ REUNIÓN NO SE LLEVÓ A CABO POR LA MISMA HISTORIA DE SIEMPRE: EL DESACUERDO ENTRE LOS TRES SINDICATOS “GRANDES”, USO, UGT Y CCOO.

Al parecer CCOO se presentó en dicha reunión con 15 miembros, alegando que así se decidió en la última reunión; y por otro lado, UGT y USO no estaban dispuestos a una reunión con tanta gente puesto que no fue eso lo que se acordó en la anterior reunión.

Ante esta tesitura, CCOO decido marcharse en pleno, incluyendo a los miembros formantes de la mesa, cancelándose la reunión hasta una nueva convocatoria, todavía por determinar.

Es vergonzoso lo que estos sindicatos están haciendo.
”Señores sindicalistas negociadores: no tenemos convenio, no nos han subido ni el IPC, y estamos en las puertas de Mayo; ¿A que coñ............estais jugando?

Los 100.000 VS sin convenio nos enfrentamos, por un lado a la patronal y sus pretensiones surrealistas, y por otro, a estos “llamados representantes de los trabajadores” que anteponen su propio beneficio, sus viejas rencillas sindicales, o que haya mas o menos personas en una reunión, a buscar soluciones a la grave situación en que nos encontramos.
.

EL MINISTERIO DEL INTERIOR AUTORIZA A LOS BARCOS DE SOMALIA A LLEVAR SEGURIDAD PRIVADA

.

EL MINISTERIO DEL INTERIOR HA AUTORIZADO A VARIOS BARCOS QUE NAVEGAN POR LAS PELIGROSAS AGUAS DE SOMALIA A LLEVAR A BORDO AGENTES DE SEGURIDAD PRIVADA PARA HACER FRENTE A LA PIRATERÍA QUE OPERA EN LA REGIÓN

El incremento de los secuestros realizados por los piratas en aguas somalíes detectado desde principios de año y las recientes amenazas sobre el posible recrudecimiento de sus acciones han puesto en alerta al gobierno español.

Interior ha dado luz verde a la petición de los propietarios de varios buques ante la peligrosidad de estas aguas y los constantes asaltos de piratas a los barcos que operan en las costas del Cuerno de África.

Se trata de una mera autorización administrativa que debe solicitar siempre cualquier empresa o institución que desee contar para su protección con algún tipo de seguridad privada.

El nivel de protección que se puede contratar, sea armada o no, depende de las necesidades de seguridad de cada caso y está reglada por la vigente Ley de Seguridad Privada.

La decisión del Ministerio ya es efectiva y a día de hoy, hay un barco español que permanece en las costas de Kenia y que para protegerse cuenta - además de con la vigilancia de un avión militar - con 10 agentes privados a bordo.
.
Fuentes ministeriales no han querido desvelar el tipo de armas que portan los Vigilantes de Seguridad contratados por los buques y han recordado que la mayoría de los barcos de países europeos que trabajan en estas aguas ya cuentan con seguridad privada a bordo.
.

CENTROS COMERCIALES: VIGILANTES Y AUXILIARES DE SERVICIOS



LA SECRETARÍA TECNICA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR HA EMITIDO UN INFORME DELIMITANDO LAS TAREAS DE LOS AUXILIARES DE SERVICIOS EN LOS CENTROS COMERCIALES CON RESPECTO A LAS FUNCIONES DEL PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA


Este informe, instruido a petición de varias delegaciones del gobierno, establece que las funciones del personal propio del establecimiento o personal auxiliar de servicios, y las del personal de seguridad privada, no son intercambiables, es decir, no pueden ser prestadas indistintamente por uno u otro colectivo.

Puede admitirse una cierta discrecionalidad en cuanto a determinados puestos de trabajo que, consistentes en la custodia ordinaria relacionada básicamente con las normas de funcionamiento del establecimiento, pudieran ser asignados a personal propio o auxiliar, o a personal de seguridad privada, en atención a determinadas circunstancias; pero, con esa salvedad, la Secretaría General Técnica entiende que las funciones que necesariamente deben prestarse por vigilantes de seguridad son las siguientes:
  • El control de acceso cuando existan mecanismos de seguridad incorporados contra la comisión de infracciones.
  • El control de sistemas de seguridad contra la comisión de delitos y faltas (vídeos, monitores, alarmas, etc.)
  • La vigilancia y seguridad activa de los bienes, con posibilidad de represión.
  • La vigilancia nocturna.

En consecuencia,concluye el informe,LA PRESTACIÓN DE TALES SERVICIOS POR EMPRESAS Y PERSONAL QUE NO SE ENCUENTRE DEBIDAMENTE HABILITADO A TAL FIN, PODRÁ SANCIONARSE CON ARREGLO A LO PREVISTO EN LA VIGENTE NORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA.

Ver informe completo

.

EL JEFE DE EQUIPO ES UNA INVENCION DE LAS EMPRESAS

.
LA FIGURA DEL JEFE DE EQUIPO HA SIDO INVENTADA POR LA EMPRESAS PARA AHORRARSE LAS "PERRAS", SON TAN INTRUSOS COMO LOS "AUXILIARES DE SEGURIDAD"

La categoría de Jefe de Equipo es un cargo inventado por las empresas que no esta recogido en norma alguna, ni Ley de Seguridad Privada ni Convenio Colectivo, y fue inventado para ahorrarse el verdadero cargo legal, de Responsable de Equipo.

De esta manera con un Jefe de Equipo con atribuciones sobre todo el personal del servicio se ahorran el de Responsable de Equipo, el cual debería de haber uno, donde hubiera mas de dos vigilantes por turno, y si la empresa no ha nombrado a nadie, por Ley, lo desempeñará el mas antiguo.

O sea, en un servicio de 24 horas con dos o mas vigilantes por turno, debería de haber un Responsable de Servicio por turno, con las funciones que recoge el convenio Colectivo. Eso supone para la empresa un desembolso del 10% mensual para cada uno de ellos sobre el salario base.

Pues bien, las empresas en su afán de escatimar derechos de los trabajadores, suprimen dicho cargo y se inventan el de Jefe de Equipoy , al cual lo ponen siempre de mañana, le dan atribuciones completas sobre los trabajadores del servicio, hacen y deshacen a su antojo por la módica cantidad de lo que cobraría un solo Responsable de Equipo, y alguno ni siquiera lo cobran y solo lo hacen por el poder de dominar a sus semejantes.
.
Por supuesto y salvo raras excepciones, que las hay, los criterios de la empresa para escoger a estas personas para dicho cargo, os podéis imaginar, lo vemos en todos sitios, en cualquier ciudad o cualquier empresa.
.
¿Y por qué existen estos cargos si no son legales?
.
Imagino que, por que la mayoría del personal de Seguridad Privada, no se han leído en su vida un convenio colectivo ni la Ley que nos regula y si lo han hecho, no tienen lo que hay que tener para reclamar sus derechos y se vive mas cómodo (y con mas horas extras) siendo un servil sumiso que siendo un verdadero profesional y orgulloso de serlo.
.
.

SENTENCIAS JUDICIALES


18 abril, 2009

¿QUÉ TENGO QUE HACER SI SUFRO DAÑOS POR CULPA DEL MAL ESTADO DE LA VÍA PUBLICA?

.
DEBES RECLAMAR LA INDEMNIZACIÓN CORRESPONDIENTE AL AYUNTAMIENTO, QUE ES EL QUE TIENE LA RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL

Una zanja en la vía publica con motivo de unas obras ha sido mal pavimentada, queda un socavón, sufres una caída y tienes daños, o quizás has topado con tu coche en el “bache” y se han producido desperfectos; o tras la Semana Santa te resbalas con los restos de cera y te caes produciéndote alguna lesión: ¿QUÉ HACER?, ¿A QUIEN RECLAMAR?...

Estos son los pasos a seguir:

  • Solicita presencia de Policía Local, para que compruebe la anomalía “in situ” y denuncia el hecho especificando la intervención de los agentes.
  • También puedes elevar un acta notarial que acredite la existencia de la anomalía.
  • Recaba información de testigos oculares sobre la anomalía (Desde cuando existe, como y quién la produjo, testigos de la caída, etc...).
  • Consigue un parte de lesiones con los daños físicos sufridos, o presupuesto de reparación de los daños materiales ocasionados y adjuntarlo a la denuncia ante la policía.
  • Remite al Ayuntamiento un escrito reclamando la indemnización oportuna por los daños sufridos, adjuntando copia de toda la documentación recabada.

Finalmente si no hay respuesta o esta es negativa, puedes dirigirte al Defensor del Pueblo aportando todo lo anterior, o si fuese necesario recurrir al juzgado de lo Contencioso-Administrativo.

15 abril, 2009

¿COMO ACTUAR ANTE UN DESPIDO?


ALGUNAS CONSIDERACIONES QUE SE DEBEN TENER EN CUENTA EN CASO DE DESPIDO

DESPIDO POR CAUSA OBJETIVA

Esta modalidad responde a la necesidad de la empresa de adaptar la plantilla por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. La empresa debe cumplir varios requisitos entre los que se encuentran:
  • Notificar por escrito al trabajador la carta de despido acreditando de modo detallado la causa que ha determinado el despido.
  • Poner a disposición del trabajador simultáneamente a la entrega de la carta de despido una indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores al año, con un máximo de 12 mensualidades.
  • Conceder al trabajador un plazo de preaviso de 30 días y durante este tiempo el trabajador tiene derecho a una licencia de 6 horas semanales (retribuidas) con el fin de buscar nuevo empleo.
  • Si el empresario no cumple con este preaviso, deberá abonar los días de salario correspondientes a los días de preaviso incumplido.
  • Si el trabajador no está de acuerdo con el documento, siempre puede firmar añadiendo la mención "Recibido. No conforme".

DESPIDO IMPROCEDENTE

  • Si la empresa reconoce la improcedencia del despido, lo que muchas veces hace para evitar el pago de salarios de tramitación, preavisos, etcétera, "bien pagará o bien depositará en el juzgado en 48 horas la indemnización correspondiente a 45 días de salario por año trabajado, con el límite de 42 mensualidades".
  • Si una persona acude a trabajar y la empresa ha cerrado, debe reclamarse "cuanto antes" presentando una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) , ya que se trata de un despido que pretende privar al trabajador de los derechos que le corresponden, al no comunicársele nada sobre esta decisión.
  • En todo caso, es la empresa la que deberá dar explicaciones de su actuación en los tribunales, y será la jurisdicción laboral la que dictamine sobre las consecuencias de esta declaración.
  • Si se tiene derecho a la prestación por desempleo, se deberá acudir a la oficina del INEM o a la de empleo de su comunidad autónoma para tramitarla dentro de los quince días siguientes a la fecha del cierre, en este caso. Allí en la oficina, la persona deberá cumplimentar los papeles necesarios para su solicitud de desempleo, explicando los motivos por los que no tiene ni carta de despido ni certificado de empresa.
  • La Oficina del INEM solicitará del empresario los documentos necesarios para tramitar la prestación, dando cuenta si es necesario a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
  • Si se dispone del acta de conciliación del SMAC, debe adjuntarse para demostrar el despido y la reclamación efectuada.


EXPEDIENTE DE REGULACION DE EMPLEO

El Expediente de Regulación de Empleo (ERE) tiene como objetivo resolver los contratos de trabajo de forma masiva como consecuencia de una serie de causas, fundamentalmente de carácter económico, en un período de 90 días.
  • Un ERE para considerarse como tal tiene que afectar al menos a 10 trabajadores en empresas de menos de 100 trabajadores.Al menos el 10 por ciento de trabajadores en empresas que ocupen entre 100 y 300, al menos a 30 trabajadores en empresas que ocupen a 300 o más trabajadores, y si implica el cierre de la empresa, a más de 5 trabajadores.
  • Para justificar el ERE es preciso que esta medida tenga como objetivo superar una situación negativa o garantizar la viabilidad futura de la empresa.
  • El ERE se inicia con una solicitud que el empresario debe hacer ante la autoridad laboral competente, al mismo tiempo que se abre un periodo de consultas con los representantes legales de los trabajadores, ante los que la empresa debe acreditar las causas del ERE.
  • Acto seguido, la autoridad laboral debe comprobar que se reúnen los requisitos establecidos en la legislación, entre los que se encuentran el informe que realiza la Inspección de Trabajo y Seguridad Social analizando las causas.
  • La resolución de la autoridad laboral puede estimar o desestimar el Expediente.
  • Los trabajadores incluidos en el ERE recibirán como indemnización, como mínimo, 20 días por año de servicio (máximo de 12 mensualidades), aunque si se ha acordado con la empresa, la cantidad puede ser mayor e incluso a veces se pacta un calendario de pagos.

Finalmente, la ejecución del Expediente se realiza:

  • Comunicando el despido al trabajador mediante la correspondiente carta.
  • Entregando las cantidades de saldo y liquidación (el finiquito).
  • Notificando los despidos al servicio público de empleo (INEM),
  • Entregando al trabajador el certificado de empresa para que pueda gestionar su prestación por desempleo en el plazo de los quince días hábiles siguientes.
  • Además, el empresario debe entregar las indemnizaciones pactadas que se hayan acordado.


SUSPENSIÓN DE PAGOS

  • Actualmente llamado Procedimiento Concursal, la empresa deberá realizar unos trámites similares al Expediente de Regulación de Empleo, pero en vez de la autoridad laboral, es el juez de lo mercantil quien tiene competencia para decidir en estos casos.
  • Cuando una empresa entra en fase de concurso suelen nombrarse un administrador concursal, y es a ellos a quienes compete la negociación del ERE.
  • Un ERE concursal puede iniciarse a instancias del administrador concursal, el deudor (la empresa) o los representantes legales de los trabajadores.
  • Mientras no se tramite el ERE, los trabajadores formalmente no están despedidos y por tanto no cobran prestación por desempleo, así que tendrán que seguir en su puesto.
  • Las dificultades de la empresa pueden traducirse en que no lleguen a cobrar sus salarios puntualmente y queden a expensas de lo que negocien los administradores concursales con los representantes de los trabajadores.
  • La cobertura de la Seguridad Social sí se mantiene, por ejemplo en caso de baja por enfermedad.

FONDO DE GARANTÍA SOCIAL

  • Si el trabajador no recibe cantidades que le corresponden puede acudir al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA), un organismo de carácter estatal que abarca tanto salarios impagados como indemnizaciones.
  • En el caso de los salarios, se requiere que el impago sea debido a insolvencia empresarial o concurso, y que dicho salario haya sido reconocido en acto de conciliación o sentencia judicial.
  • El salario reconocido que abonará el FOGASA no puede ser superior al triple del Salario Mínimo Interprofesional incluyendo la parte proporcional de pagas extras, y el número máximo de días computados es de 150 días.
  • En 2009 la cantidad máxima que abonará el FOGASA en concepto de salario es de 72,66 euros diarios. Por tanto, el máximo que se abonará por los 150 días es 10.899 euros.
  • La cuantía Si son acciones derivadas de despido o extinciones como consecuencia de sentencia o resolución administrativa, máxima que abonará el FOGASA es de una anualidad y el salario diario de cálculo no exceder del triple del salario mínimo interprofesional incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.
  • En 2009, la cuantía máxima que el FOGASA pagará en concepto de indemnización es de 72,66 euros diarios, con un tope de 26.520,90 euros (una anualidad).
  • En el caso de ERE el límite es de 20 días por año de servicio.
  • El FOGASA también responderá sin necesidad de insolvencia empresarial si la empresa cuenta con menos de 25 trabajadores y procede a extinguir contratos del trabajo por causas técnicas, económicas, organizativas o de producción; en cuyo caso abonará el 40% de la indemnización que legalmente corresponde.

EL GRUPO PARLAMENTARIO C.I.U. SOLICITA AL GOBIERNO UNA EXPLICACIÓN SOBRE LA ACTUACION DE "AUXILIARES DE VIGILANTE" EN CONTROLES AEROPORTUARIOS

.
CIU PIDE QUE RUBALCABA RESPONDA DE LOS MALOS MODALES DE LOS AGENTES DE SEGURIDAD EN LOS AEROPUERTOS ESPAÑOLES

La diputada del Grupo parlamentario de CiU Mercè Pigem ha solicitado al Ministro del Interior, Alfredo Pérez Rubalcaba que comparezca ante la Comisión de Interior del Congreso de los Diputados para responder sobre los malos modales que los agentes de seguridad, dispensan a los viajeros a la hora de aplicar las medidas de seguridad en los aeropuertos.

La Diputada manifiesta que la ciudadanía empieza a estar quejosa de determinadas “incomodidades innecesarias” en los controles de seguridad, así como de los modales con los que los agentes de seguridad, especialmente privados, trasladan las órdenes a los pasajeros.

Por esa razón, pregunta a Rubalcaba "cómo se controla la actuación de los agentes de seguridad en los aeropuertos" y "qué tipo de formación se exige a los vigilantes de seguridad privada y, especialmente, A LOS LLAMADOS AUXILIARES DE DICHOS VIGILANTES, que son quienes están más en contacto directo con los viajeros en el control.

Pigem afirma haber comprobado "personalmente" cómo las medidas de seguridad aprobadas por la UE el pasado mes de agosto se aplican de forma "muy distinta" en un aeropuerto y otro de España, tanto, que hasta
se podría pensar que se hace de forma "arbitraria".

Diez son las preguntas que la diputada hace a Rubalcaba, entre ellas, quién da las ordenes sobre cómo se aplican las medidas, por qué se aplican de forma distinta en los aeropuertos y dependiendo del día, por qué no utilizan la tecnología de que disponen para evitar molestias a los viajeros y por qué son distintas en aviones y trenes.

Como hemos visto, la diputada pregunta al Ministro, entre otras cuestiones, sobre la actuación de los “LLAMADOS AUXILIARES DE VIGILANTES” en los controles de seguridad aeroportuarios.
.
Yo le preguntaría al Sr Ministro:

¿QUÉ ES ESTO DE AUXILIAR DE VIGILANTE?, ESA FIGURA NO EXISTE EN LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA, NO ESTÁN HABILITADOS PARA ESAS FUNCIONES,¿QUÉ HACEN EN ESE PUESTO?.

Sr. Ministro, estos trabajadores, que son cualquier cosa menos Vigilantes de Seguridad, las empresas a las que pertenecen, no autorizadas como empresas de seguridad, quienes los contratan y quienes no debieran permitirlo y lo permiten;
ESTÁN CONTRAVINIENDO LA LEY Y PERJUDICANDO A LOS USUARIOS Y AL VERDADERO PROFESIONAL.

¿QUE HARÁ EL SR. MINISTRO AL RESPECTO?
.
Pues casi con toda seguridad intentará exculparse de alguna forma, callará bocas, y todo seguirá como hasta ahora:
.
INTRUSOS EN VEZ DE VIGILANTES PROFESIONALES
ES MAS BARATO
.

14 abril, 2009

¿BUSCAS TRABAJO? DEJA TU CURRICULUM ON-LINE

.
. PORTAL ESPECIALIZADO EN ENCONTRAR EMPLEO A TRABAJADORES DE SEGURIDAD PRIVADA

Si buscas empleo en Seguridad Privada, puedes darte de alta de forma gratuita y disfrutar de los siguientes servicios, también gratuitos:
  • Incorporacion de tu curriculum a la mayor base de datos Nacional de Seguridad Privada.

  • Servicio de envio de ofertas a domicilio.

  • Sistema on line de seguimiento y panel de control para el usuario.

  • Dispón de las mejores ofertas de empleo, o mejora del actual, de las empresas con mas ofertas del mercado.

PLATAFORMA WEB CONTRA LAS 65 HORAS SEMANALES

.

LA UNIÓN EUROPEA HA APROBADO RECIENTEMENTE UNA DIRECTIVA QUE AMPLÍA A 65 EL NÚMERO MÁXIMO DE HORAS QUE COMPRENDEN UNA JORNADA LABORAL

Así que despues de pasar 12 ó 13 horas diarias en el trabajo y tener que comer en el mismo, es decir, que serían 13 ó 14, súmale una hora de desplazamiento para ir y volver del trabajo a casa y se queda en 15 ó 16, y sólo con dormir las 8 horas que recomiendan los expertos, ya tendríamos el día completo.

¡NI CENAR, NI DESAYUNAR, NI DUCHARTE, NI ESTAR CON TUS SERES QUERIDOS,NO HAY TIEMPO PARA MAS!

"La aplicación en los Estados miembros de esta normativa dependerá de la legislación interna de cada uno de ellos y de la negociación de los convenios colectivos con los sindicatos"


ENTRE TODOS TENEMOS QUE CONSEGUIR QUE NO APRUEBEN LAS 65 HORAS SEMANALES EN ESPAÑA. ¿Están locos o qué?, que también tenemos vida, amores, amigos, familia y aficiones..


Sólo una vez por ordenador y corre la voz a todo el mundo que conozcas, tenemos que lograrlo.
.

POR UN CONVENIO DIGNO, MENOS MARCHAS CON BANDERITAS Y MAS ACCION REIVINDICATIVA

.
LOS TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PRIVADA DEBEMOS Y TENEMOS QUE MOSTRAR A LA PATRONAL NUESTRA ROTUNDA OPOSICIÓN AL BLOQUEO DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y AL INTENTO DE ANULAR LAS MEJORAS RECOGIDAS EN EL CONVENIO ANTERIOR

¡YA ESTÁ BIEN DE QUE NOS TRATEN COMO A MARIONETAS!

Las medidas propuestas por las asociaciones empresariales del sector como la congelación salarial y de antigüedad, así como la ampliación de la jornada laboral, son absolutamente regresivas y atentan contra la dignidad de los trabajadores y trabajadoras.


POR ELLO TENEMOS QUE TRANSMITIR A LA OPINIÓN PÚBLICA Y ORGANISMOS COMPETENTES que el colectivo de trabajadores de la Seguridad Privada se encuentra sin convenio cuando sus salarios están por debajo de los 1.000 euros mensuales, trabajamos por las noches y los festivos y estamos expuestos a una peligrosidad y condiciones de trabajo lamentables; y mientras tanto, los empresarios del sector, que están incrementando sus beneficios (hasta un 5%), se amparan en un contexto de crisis que, a diferencia de otros, no afecta al sector, para recortar los derechos de los trabajadores.

Para conseguir este propósito, LOS SINDICATOS DEBEN TRAZAR UN PLAN DE MOVILIZACIONES DURAS Y BIEN ORGANIZADAS PARA DAR EN LA LLAGA QUE REACTIVE LA NEGOCIACIÓN; y dejarse de marchitas convenidas portando una bandera.

SIRVA COMO EJEMPLO LA MANIFESTACIÓN DEL PASADO DÍA 8 DE ABRIL EN EL AEROPUERTO DE VIGO, DONDE TAN SOLO UNAS 40 PERSONAS, PROVOCARON EL “CAOS” DURANTE MEDIA HORA:

  • Los manifestantes accedieron al edificio de la terminal y lanzaron bombas fétidas y petardos para a continuación sembrar pasquines reivindicativos por todos los rincones de las instalaciones aeroportuarias, mostradores de facturación, cajeros automáticos, papeleras, etc.

  • Durante media hora el ambiente en el interior de la terminal se hizo irrespirable. El desagradable olor provocado por las bombas fétidas se extendió por todo el hall, y el estruendo de los petardos impedía cualquier conversación.

  • En el exterior otros huelguistas circulaban en sus coches a velocidad muy lenta para ralentizar el tráfico que iba hacia los aparcamientos o a dejar pasajeros.

  • Finalmente se dirigieron a pie hasta una glorieta cercana lanzando botes de humo para impedir el paso hacia el aeropuerto.

¡FELICIDADES VIGO, ESA ES LA FORMA DE HACERSE OIR!

13 abril, 2009

EL ESCOLTA PRIVADO Y LA VIOLENCIA DE GÉNERO

.
ACTUACIÓN DEL ESCOLTA EN LA PROTECCIÓN DE VICTIMAS DE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

El escolta cuenta con una ineludible ventaja en cuanto a la protección de mujeres maltratadas se refiere, que es el conoci­miento del agresor, tanto físico como de su perfil criminológico, suponiendo que tal información se le haya hecho llegar por los servicios competentes.

Basándose en ese conocimiento, podrá prever las re­acciones de aquel anticipándose y estableciendo un método de trabajo eficaz, lo que, sin embargo, no eliminará por com­pleto la amenaza, ya que pueden produ­cirse situaciones en las que aquel cuente, para llevar a cabo sus propósitos, con au­xilio de otras personas no conocidas por el servicio de seguridad o la víctima.

Para evitar esto en lo posible, el es­colta deberá mostrar un "perfil bajo", no marcando excesivamente su presencia en torno a la protegida y desarrollando, por el contrario, habilidades de observa­ción periférica tendentes a identificar la presencia del agresor en el entorno de la víctima.

Cobran especial importancia aquí las contravigilancias en los alrede­dores del domicilio, lugar de trabajo o cualesquiera otros frecuentados habitualmente por su protegida.

En otras palabras, tratará de ver antes de ser visto, poniendo inmediatamente en conoci­miento de la policía la presencia del maltratador en las cercanías e informando, si ese es el caso, de que han sido quebrantadas las medidas de alejamiento.

No es adecuado buscar un efecto intimidatorio sobre personas que, en un es­tado a veces próximo a la locura, pueden reaccionar optando por la agresión, in­cluso con desprecio de la propia vida, lo que les convierte en delincuentes peli­grosísimos. De hecho, muchos de estos individuos se suicidan una vez cometidas las agresiones.

LA PROTECCIÓN ESTATICA

El dispositivo de protección estática a implementar pasa por dos puntos cardina­les: el domicilio de la víctima y su lugar de trabajo.
Es conveniente en ambos casos realizar una observación de accesos a los mismos desde una distancia y ubicación media, no demasiado cercana. De este modo, se consigue detectar más fácilmen­te el acercamiento del maltratador que pretenda acceder a los mismos o entablar contacto con la protegida.

Si ello se pro­duce, la pauta de actuación correcta será:
  • Avisar telefónicamente a la pro­tegida para que cierre los acce­sos con llave y esté prevenida.
  • Avisar a la policía para el envío de refuerzos al lugar.
  • Solo como último recurso,intervenir procediendo a inter­ceptar al individuo; ya que si el escolta es neutralizado en esta confrontación, su protegida será totalmente vulnerable.

LA PROTECCIÓN DINÁMICA
  • Debemos establecerse una burbuja de se­guridad alrededor del protegido que le libre de la posible amenaza.
  • La forma de ejecutar este tipo de protección dependerá muchísimo del perfil conocido del agresor, de la violencia con la que pueda estimarse que es capaz de actuar y de otros condicionantes.
  • Los desplazamientos de la protegida se realizarán de la forma en que se viene haciendo en las protecciones personales convencionales: el escolta se situará unos pa­sos por detrás de la protegida y a su derecha, se adelantará en los pasos de puertas, ecaleras, esquinas, etc, variara las posiciones según el es­cenario, etc...
  • Siempre se prestará especial atención al es­tudio visual ampliado de la zona al objeto de descubrir con la suficiente antelación una posible intromisión del maltratador en las proximidades de la mujer objeto de protección.
  • En los desplazamientos lo más importante es la neutralización inmediata de la agresión si se produjese, lo que implica inevitable­mente cercanía respecto de la protegida.

Finalmente es obligado señalar que debido a la novedad que supone este tipo de servicios, aún no hay elementos suficientes para efectuar una análisis sistemático que permita establecer pautas de trabajo.

A medida que estos servicios vayan implantándose en el mercado y mediante el análisis de datos y situaciones, y la experiencia de errores cometidos en las intervenciones,podrán establecerse cuales son los mejores procedimientos para ejecutar estos operativos con la eficacia que requieren.

12 abril, 2009

PROSETECNISA SE DESMARCA DE LA PATRONAL Y ABONA UN ANTICIPO A CUENTA DEL CONVENIO QUE SE FIRME


PROSETECNISA TOMA ESTA INICIATIVA ALEGANDO QUE LOS TRABAJADORES TAMBIEN SUFREN LA RECESIÓN ECONOMICA

La empresa de Seguridad PROSETECNISA tras valorar la situación que atraviesa el sector ha decidido que toda su plantilla reciba el ingreso de una cuantia en concepto de anticipo, a cuenta de convenio y que se regularizará o compensara en función del final de las negociaciones en curso sobre el próximo convenio para el sector.

Este es el comunicado a la plantilla:


09 abril, 2009

AMENAZA TELEFÓNICA DE BOMBA


.LA ACTUACIÓN DEL OPERADOR

A la hora de planificar la respuesta a una amenaza de bomba, el operador deberá de tener en cuenta una serie de factores que desafortunadamente no siempre presentan una respuesta sencilla, pero que son indispensables para las conclusiones de quien deba valorar la amenaza y actuar en consecuencia:
  1. Debe mantenerse la CALMA y mostrar SERENIDAD.
  2. Intentar prolongar la llamada EVITANDO CONTESTAR CON MONOSÍLABOS .
  3. Recabar la información principal sobre: ¿DONDE SE HALLA EL ARTEFACTO?, ¿CUANDO HARÁ EXPLOSIÓN?, Y ¿QUE ASPECTO TIENE?.
  4. Solicitar mas información del tipo: ¿QUÉ TAMAÑO TIENE?, ¿QUÉ PRETENDE QUE SE HAGA?, ¿POR QUÉ PUSO EL ARTEFACTO?.

Es muy importante anotar las palabras exactas utilizadas por el amenazante, de esta forma podrá cotejarse con otras y contribuirá a que los especialistas determinen si revisten similitud con aquellas que obran en sus antecedentes.


INFORMACION RELEVANTE QUE DEBE TENERSE EN CUENTA


Sobre el Amenazante:

  • Nombre o seudónimo del comunicante.
  • Si es hombre o mujer.
  • Edad.
  • Característica idiomática.
  • Grado de colaboración, educado, etc.

Sobre la Voz:

  • Si es Calmosa, enfada, nasal, cansada, miedosa, grabada,disfrazada, etc...

Modo de hablar:

  • Lento, rápido.
  • Tono.
  • Empleo de frases tipo y modismos.
  • Buena o mala pronunciación.
  • Seseo, ceceo, etc...

Ruidos de fondo:

  • Silencioso.
  • Música, que música.
  • Coches, maquinaria, tipo de maquinaria, etc...
  • Animales, agua, etc...

La Conversación, fijarse en :

  • Si dice "yo" o "nosotros".
  • Si utiliza "evacue el personal" o "evacue su personal".
  • Si apunta con respecto a la colocación "he puesto" o "hemos puesto"; etc...

EJEMPLO DE COMO LOS DATOS RECABADOS PUEDEN DETERMINAR LA VALORACION DE LA AMENAZA

Operador:
Seguridad Centro comercial, dígame.

Amenazante:

"Hay una bomba en el local. Está en la zona de pescadería próxima al generador. Dígales que desalojen inmediatamente”

El operador ha concretado: Varón, de media edad, voz nerviosa, rapidez en el habla, ruido de fondo que delata la presencia de público y música ambiental).

La persona encargada de valorar la amenaza determina:

  • El amenazante se muestra nervioso y rápido posiblemente por su inexperiencia o por temor a ser descubierto, lo cual evidencia que puede encontrarse en un lugar comprometido.
  • El interlocutor especifica el lugar concreto de la localización del artefacto. Ante esto puede ocurrir que tras la comprobación encontremos algo extraño que por el simple hecho de estar fuera de lugar, debe infundirnos sospechas.
  • Puede tratarse de un artefacto simulado, pero no es nuestra misión el averiguarlo y debemos tomar todas las medidas de seguridad pertinentes y avisar a los especialistas.
  • Resulta bastante significativo el hecho de que se describa correctamente la situación del generador. Su descripción de la ubicación podría ser como la que hubiera hecho un empleado que además sabe que no es obligación del telefonista el tomar decisiones dándole instrucciones para que avise al responsable: "...dígales que desalojen inmediatamente".
  • Si a todo ello unimos la particularidad de que el ruido de fondo junto con la música ambiental coincide con la del centro comercial, es muy probable que la persona que llama sea del propio centro y llamase desde allí mismo; casi con toda seguridad se trata de una falsa alarma provocada por un empleado descontento al cual es posible que pueda sorprenderse aun con el teléfono en la mano.............

04 abril, 2009

PERMISO RETRIBUIDO PARA ASUNTOS PROPIOS


.Recuerda que desde el día 1 de Enero de 2009 tienes derecho a Permiso Retribuido de 1 día para Asuntos Propios

Las condiciones para el disfrute de este Permiso Retribuido están recogidas en el Artículo 46/J (Licencias) del Convenio Colectivo 2005-2008, aun en vigor, y son las siguientes:
  • No podrá utilizarse durante los períodos de máxima actividad, comprendidos entre el 15 de diciembre y el 15 de enero del año siguiente, durante el período del domingo de Ramos al lunes de pascua, ambos incluidos, ni durante el período vacacional de los meses de julio y agosto. Salvo autorización de la empresa.
  • No podrá ejercerse este derecho en el mismo día de manera simultánea por más del 5% de la plantilla del centro de trabajo al que pertenezca el trabajador.

Pincha este enlace para mas información

02 abril, 2009

OMBUDS DEJA SIN HORAS EXTRAS A LOS EMPLEADOS DE MAYOR ANTIGÜEDAD A PARTIR DEL MES DE ABRIL

.

COMIENZAN LAS PATALETAS DE LAS EMPRESAS ANTE EL INMINENTE FIN DEL CONFLICTO DE LAS HORAS EXTRAS

El Inspector de Servicios de OMBUDS en Andalucía Occidental,Oscar Pérez, ha enviado un comunicado a los trabajadores que esta empresa tiene en el Centro de Control de ADIF (Antigua RENFE) en Sevilla, comunicandoles que por decisión de la Dirección de la empresa, tres de ellos, los de mayor antigüedad; no podrán realizar mas horas extraordinarias a partir del día 1 de Abril.

Esta discriminación corresponde claramente a que las empresas, en este caso OMBUDS,comienzan a dar palos de ciego ante el inminente fin del conflicto de las horas extras y saben que finalmente les tocará pagar el precio que realmente corresponde a cada trabajador. (Mayor Antigüedad = Mayor Valor Hora Extra)

Se da también la circunsatancia de que OMBUDS no ha venido aplicando el valor de la hora extra establecido por la Audiencia Nacional y ha seguido pagando la hora extra a 7,41 €, por lo que "QUE SE VAYA PREPARANDO PARA DEVOLVER AL TRABAJADOR LO QUE ES SUYO" y por supuesto con los intereses que legalmente corresponda.
,

SEGUR IBERICA PODRIA HABER INCURRIDO EN EL DESACATO DE DOS SENTENCIAS FIRMES

.

LA EMPRESA SEGUR IBÉRICA S.A. PARECE NO TENER CLARO QUE UN FALLO JUDICIAL QUE CONCLUYE CON "ESTA SENTENCIA ES FIRME Y CONTRA ELLA NO CABE RECURSO ALGUNO", REPRESENTA EL FINAL DE UN PROCESO JUDICIAL Y QUE DEBE ACATARSE.

Esta empresa en los últimos seis meses ha sido condenada en dos ocasiones,con sentencias firmes, a devolver a una trabajadora a su puesto original y con las mismas condiciones pero no aplica las resoluciones judiciales.

La empleada, vigilante de seguridad de Segur Ibérica en Granada, demandó a su empresa después de que se le cambiara el destino y el horario de los turnos de forma improcedente, según han estimados dos juzgados distintos. Los fallos son firmes y fueron dictados el 23 de septiembre de 2008 y el 10 de marzo pasados.

A pesar de todo el tiempo transcurrido (seis meses en el primer caso y casi uno en el segundo), la trabajadora sostiene que la empresa sigue imponiéndole las condiciones que los magistrados han rechazado en ambos procedimientos y asegura que ha recibido "amenazas" del tipo "ten cuidado con lo que haces porque no vas a ejercer más de vigilante".

La versión oficial de Segur Ibérica, se limita a señalar que la empresa "cumplirá, como siempre ha hecho, con lo establecido en las sentencias".

¡LO QUE NO SABEMOS ES SI SERA ESTE SIGLO O EL QUE VIENE!

En lo referente a las amenazas contra la trabajadora, la empresa no pudo pronunciarse sobre este extremo al encontrarse "de viaje" su responsable regional, Nicolás Bosch.

HUELGA INDEFINIDA PARA REABRIR LA NEGOCIACION DEL CONVENIO 2009

.
Los Sindicatos y Asociaciones Profesionales que conforman la plataforma creada el pasado mes de Enero en la lucha por un convenio digno, ha peticionado en comunicado conjunto a laParte Social de la Mesa Negociadora, que efectúe,

CONVOCATORIA DE UNA HUELGA INDEFINIDA

mientras no se reabra la negociación colectiva.