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30 diciembre, 2011

LA PATRONAL OFRECE TRES PROPUESTAS PARA EL DESCUELGUE SALARIAL DEL CONVENIO

¡DE RISA! LA PRIMERA DE LAS PROPUESTAS PROPONE  BAJAR LA SUBIDA PREVISTA Y SUBIR EL COMPUTO DE HORAS

En  la anunciada reunión, en la que han participado las habituales representaciones Empresariales y Sindicales, la Patronal ha intentado justificar un descuelgue salarial para todo el sector y una dilatación del Convenio prolongando su vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2014.

Para sus pretensiones, La Patronal apela a la "Comición Negociadora del Convenio" 2009-2012 proponiendo las siguientes alternativas:


a) Ampliación de la Jornada con Incremento de Salario:
  • 2012: 1826 horas anuales e  incremento salarial del IPC de 2011+2 puntos.
  • 2013: 1804 horas anuales e incremento salarial de 1%.
  • 2014: 1782 horas anuales e incremento salarial del 1%.


b) Incremento Salarial sin Incremento de Jornada:
  •  Año 2012: Incremento del IPC de 2011.
  • Año 2013: Incremento salarial 1% (Recuperación) + 0,50 puntos.
  • Año 2014: Incremento salarial 1% (Recuperación) + 1 punto.


c) Aplicación de lo firmado en convenio con aplicación 1 de julio 2012:
  • Año 2012: Incremento salarial pactado a partir del 1 de julio 2012.
  • Año 2103: Sin subida (Se mantine la retribución de 2012.
  • Año 2014: Recuperación remuneración no aplicada  primer semestre 2012 + 1 punto.

De momento,los sindicatos presentes no se han pronunciado respecto a las propuestas  presentadas y si han manifestado que para tales cuestiones no debe apelarse a la Mesa Negociadora del Convenio, ya que esa comisión quedó disuelta y sin efecto una vez que quedo firmado el convenio 2009-2012 (15 deDiciembre de 2010); siendo competente para asuntos  que afecten al convenio en vigor LA COMISION PARITARIA DEL CONVENIO.

Por otro lado, cabe decir que en base al Art. 83 del Convenio,La Patronal no puede pretender un descuelgue generalizado del sector.

Este articulo observa la posibilidad de inaplicación de las tablas salariales  para las empresas que acrediten objetiva y fehacientemente situaciones de deficit o perdidas mantenidas en los tres  ejercicios anteriores, teniendo en cuenta además las previsiones  de viabilidad del año en curso.

Pero, ¡OJO!  Perdidas son perdidas, es decir, un resultado negativo entre gastos en ingresos; GANAR MENOS DE LO PREVISTO NO SON PERDIDAS

Las empresas que se encontraran en una situación real  que les posibilite recurrir al Descuelgue Salarial, podrán solicitar a la Comision Paritaria dicho descuelgue, el cual seria aplicado si finalmente se acredita que concurren las circunstancias para ello; pero de hay a que se pretenda descolgar a todo el sector, mas bien parece que las empresas quieran mantener sus margenes de beneficio a costa del trabajador.

EN FIN, QUE DIOS NOS COJA CONFESADOS, ESPEREMOS A VER QUE HACEN "NUESTROS REPRESENTANTES"

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24 diciembre, 2011

PROXIMA REUNION DE LA MESA NEGOCIADORA DEL CONVENIO



"APROSER ESTA "MAQUINANDO EL DESCUELGUE DEFINITIVO DEL CONVENIO"


La Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad (2009-2012), ha sido convocada  para reunirse el próximo JUEVES 29 de DICIEMBRE a las 10.30 horas.

La citada reunión  tendrá lugar en la Sala Omega del Hotel Tirol (Calle Marqués de Urquijo 4, Madrid) y tendrá como objeto tratar la situación del Convenio Colectivo durante el año 2012.
 
 "PINTA MUY MAL"

Con el mas que rumor de que APROSER y sus "ALLEGADOS" ya mantuvieron una reunión el pasado dia 20, y ahora la inminente convocatoria,digamos oficial, de la Comisión Negociadora,todo apunta a que nuevamente se dará una estocada al sector, PROPONIENDO EL DESCUELGUE SALARIAL DEL CONVENIO,privando a los trabajadores de la subida que  se firmó para 2012 , la cual estará en torno al 5%.

20 diciembre, 2011

POSIBLE DESCUELGUE DEL CONVENIO DE APROSER


APROSER PUEDE HABERSE REUNIDO PARA PLANEAR EL DESCUELGUE SALARIAL DEL CONVENIO 

La reunión, en la que habrian participado diferentes Secciones Sindicales,Comités,Sindicatos y otros entes afines,podria haberse celebrado hoy día 20 de Diciembre de 2011  en el Hotel Tirol de Madrid con el objetivo de "explicar y justificar" el porqué no van a efectuar la subida pactada en el Convenio Nacional de Empresas de Seguridad para el año 2012,que se preve en torno al 5%, llevando a cabo de la mano de estos el descuelgue salarial del convenio.
 
Una vez mas, la patronal pretende incumplir lo fimado en convenio con el arma que le es mas eficaz:
LA DIVISION ENTRE SINDICATOS Y TRABAJADORES

¿LO CONSEGUIRÁ?...


06 diciembre, 2011

ACTUACION DEL VIGILANTE DE SEGURIDAD ANTE UNA INSPECCION DE TRABAJO

¿CÓMO DEBE ACTUAR UN VIGILANTE DE SEGURIDAD CUANDO RECIBE LA VISITA AL CENTRO DE TRABAJO DE UN INSPECTOR DE TRABAJO?
  .   ......................................................................... ... ...  ...   . La Unidad Central de Seguridad Privada, a  petición de una Asociación Sindical, ha emitido un informe relativo a la situación con la que se encuentran los Vigilantes de Seguridad cuando reciben la visita al Centro de Trabajo de un Inspector o de un Subinspector de Trabajo y Seguridad Social, el cual concluye lo siguiente: .   ......
 ..
 CONCLUSIONES:  ... 
Respecto al planteamiento concreto sobre si un Vigilante de Seguridad debe o no impedir la entrada de un inspector o subinspector de trabajo en el ejercicio de sus funciones o cumplir las órdenes que se le han dado respecto a su puesto de trabajo, se ha de decir:   
 .
1.- Actualmente, y de acuerdo a la normativa vigente, no existe discrepancia o contradicción que pueda inducir a confusión al Vigilante de Seguridad en su proceder, puesto si bien la actuación de los inspectores y/o subinspectores deberá estar justificada y motivada por motivos de seguridad jurídica, también es verdad que aunque tengan el derecho de acceder libremente, deberán de comunicar su presencia a la empresa, representante o persona inspeccionada, salvo que ello pueda perjudicar su labor inspectora, en cuyo caso deberá motivar dicha salvedad. 
.. 2.- En todo caso, ni lo uno ni lo otro de lo expresado anteriormente,  es impedimento para que igualmente, el Vigilante de Seguridad, cumpla escrupulosamente las obligaciones definidas en las funciones que le son propias;que son las de identificar previamente a la persona que intente acceder al centro, establecimiento o lugar objeto de inspección, y avisar a sus Superiores de la entrada de la misma, todo ello, claro está, sin impedir en modo alguno el legítimo ejercicio de la función inspectora que dichas personas, en su condición de autoridad, representan. .......    .
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