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12 mayo, 2017

INSPECTOR DE SEGURIDAD EN RENFE CONDENADO POR AGRESION

POR SUS ANTECEDENTES PENALES DEBERIA ESTAR INHABILITADO PARA FUNCIONES DE SEGURIDAD PRIVADA

 

Juan Jesús González Serrano trabaja como inspector de Seguridad en Renfe Cercanías de Madrid a pesar de haber sido condenado por un delito de lesiones. En diciembre de 2011 el Juzgado de lo Penal número 31 de Madrid le condenó a un año de cárcel y el pago de una indemnización de 12.200 euros a un joven que había intentado colarse en el tren.


Según la sentencia, todo empezó con una discusión en la que participaron el agredido, González Serrano y otros dos vigilantes de Seguridad en la estación de Cercanías Sierra de Guadalupe de Madrid. 

Tras un intercambio de insultos, la víctima salió al exterior de la estación para coger dos piedras y regresó de nuevo para lanzárselas aunque no llegaron a impactar en ellos.

Condenado por agredir a un hombre que estaba "en el suelo, indefenso"

En ese momento, “Juan Jesús, que como guía canino portaba al perro de raza pastor alemán Ory asegurado en Securitas, le quitó el bozal de la boca y le soltó la correa saliendo el animal tras José Boada [la víctima] que corrió al exterior del recinto, alcanzándole el perro, tirándolo al suelo y mordiéndole en las extremidades inferiores y antebrazo.  

Cuando José se encontraba en el suelo, indefenso, los tres acusados se acercaron y al unísono, con sus defensas reglamentarias, le golpearon reiteradamente en diversas partes del cuerpo”.

La agresión produjo a la víctima diferentes heridas y le dejó como secuelas un síndrome postraumático cervical leve y varias cicatrices.

Tener antecedentes penales provoca inhabilitación

La Ley 5/2014, de Seguridad Privada marca como requisito para ejercer como vigilante de seguridad que no se tengan antecedentes penales por delitos dolosos. “La pérdida de alguno de los requisitos establecidos en este artículo producirá la extinción de la habilitación y la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Nacional”.

La condena, por tanto, suponía para los tres una inhabilitación para realizar labores de seguridad privada al tener antecedentes penales. Sin embargo, Juan Jesús González Serrano continuó trabajando para Renfe Cercanías como inspector de Seguridad, un puesto que, según las fuentes consultadas, sólo puede ejercerse con delegación del director de seguridad y gozando de la habilitación correspondiente, es decir, no tener antecedentes penales, a tenor de lo establecido en la vigente ley de seguridad privada.

"Régimen de terror"

Sergio Sánchez, portavoz del sindicato SILVIA (Sindicato Libre de Vigilantes Asambleadxs), considera “escandaloso que una persona con estos antecedentes pueda coordinar y guiar a los vigilantes” y se pregunta en manos de quién están. “Es inadmisible, luego nos quejamos de que pasan cosas”, concluye.
Por otro lado, al sindicato han llegado “múltiples quejas” de vigilantes, asegura, por la actitud de González Serrano. “Son víctimas de un verdadero régimen de terror ya que este señor, junto con otros inspectores, se dedica a reprimir ferozmente el trabajo de los vigilantes, que sufren sanciones por supuestas faltas laborales que o bien no son ciertas, exageradas o sacadas de contexto”. 

Labores de vigilancia sin placa y la vestimenta obligatoria

González Serrano trabaja en el servicio de Renfe Cercanías coordinando el servicio de los vigilantes y realizando funciones de seguridad incumpliendo la ley. 

Así, se le pudo ver el 22 de marzo de 2016, durante un operativo policial de prevención antiterrorista, vestido de paisano con un chaleco reflectante en el que figura la palabra Seguridad con grandes letras. 

La ley de Seguridad Privada establece que estas funciones a pie de calle sólo se pueden ejercerlas con un uniforme homologado y autorizado por el Ministerio del Interior. 

Además, especifica que los agentes deben estar integrados en la plantilla como tales y él no figura como vigilante sino como inspector.

 González Serrano no cumplía con ninguno de estos requisitos

Todos los vigilantes de Renfe Cercanías llevan el uniforme preceptivo de su empresa y el chaleco reflectante encima. Además, están obligados a llevar una placa identificativa con su número de TIP (tarjeta de identificación personal).

Silencio de Renfe

ELPLURAL.COM ha intentado obtener una valoración de Renfe sobre estas irregularidades. Sin embargo, la compañía ha declinado hacer ningún tipo de comentario.


13 noviembre, 2015

CAE UNA RED DE TITULOS FALSOS CON LOS QUE SE ACCEDIA PUESTOS DE SEGURIDAD PRIVADA

VARIOS DIRECTIVOS DE SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA ESTAN IMPLICADOS EN LA TRAMA


El propietario de una academia falsificaba el diploma y el sello del Ministerio de Educación y los vigilantes de seguridad compraban el título, que les servía para ser jefes, por 1.000 euros.


El Juzgado de lo Penal número 4 de Tenerife ha condenado a una docena de responsables de seguridad privada, entre los que destacan dos directivos de la empresa Seguridad Integral Canaria, por falsificar y adquirir títulos de Bachillerato, que eran necesarios para concurrir a la categoría de director de seguridad, nivel requerido para instalarse de manera legal en los puestos que ocupaban. Los acusados han sido condenados a entre tres y diez meses de prisión.


En concreto, los directivos de la compañía insular son Francisco Javier L. F., jefe de Calidad de la mercantil, y Leonardo C. S., gerente en Tenerife de la sociedad presidida por Miguel Ángel Ramírez

El juez les atribuye a ambos un delito continuado de falsedad en documento oficial

Según la resolución, el primero adquirió el título de bachiller a un falsificador “cuando realmente nunca lo obtuvo ni se presentó a examen alguno” y, una vez que lo tuvo bajo el brazo, lo mostró para obtener la habilitación como jefe de seguridad y director de seguridad ante la Comisaría de Policía de Tenerife en mayo de 2009. El título de bachiller fue configurado con fecha 17 de mayo de 2002 a pesar de que había sido confeccionado siete años después.

El segundo, Leonardo C. S., compró el título de bachiller falso por entre 700 y 1.000 euros a la misma persona a la que se lo adquirió Francisco Javier. Con su nuevo título, solicitó a la Comisaría Provincial de Seguridad Ciudadana de la Policía de Tenerife la habilitación como director de seguridad también en mayo de 2009, así como el acceso a las pruebas para jefe de seguridad, categoría que le fue concedida en noviembre de ese mismo año.

La empresa nada tiene que ver en este asunto, dicen, ya que se trata de una responsabilidad personal"

Fuentes de la compañía de seguridad canaria han manifestado que "estas dos personas no tenían la obligación de tener título para los puestos que ocupaban.

Ambos directivos de Seguridad Integral Canarias compraron su título, como ellos mismos admiten en la sentencia emitida por conformidad entre las partes, a la misma persona, Julián Manuel F. H., a quien también se lo habían comprado otros 10 falsos responsables de seguridad. 

Este ciudadano había creado una red de venta de títulos falsos a través de su empresa legalmente constituida, Multiservicios Broker, que tenía como objeto social la gestión de una academia que impartía cursos para obtener la categoría de vigilante de seguridad.

Según la sentencia, en febrero de 2009 Julián Manuel se hizo con 500 diplomas en blanco, 250 que simulaban el título de bachiller y otros 250 que falsificaban el diploma de Formación Profesional. Asimismo, el condenado fabricó unos tampones que falsificaban el sello de la ex ministra Pilar del Castillo y de su secretario de Estado de Educación, ambos en el cargo entre 2000 y 2004.

Con estas herramientas, confeccionó los falsos títulos y “se dedicó a vender diplomas” 

En concreto, el falsificador ofertaba títulos de Bachillerato por  1.000 euros y de Formación Profesional por 800

La Policía Nacional comenzó a investigar la trama en mayo de 2010. Cuando dio con el cabecilla de la trama, le interrogó y este entregó un 'pendrive' con documentación que reflejaba claramente cómo había estado elaborando los títulos de modo fraudulento.

Fuente: El Confidencial
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10 mayo, 2011

CESADO EL CONSEJERO DELEGADO DE SECURITAS ESPAÑA

 ¿QUE ESTARÁ PASANDO EN SECURITAS?


El pasado día 7 de Mayo fué cesado de forma fulminante el Consejero Delegado de Securitas Seguridad en España,Carlos Bañuelos, junto con su director financiero Miguel Silva. 

Esta fuente aun  no sabe la causa de tal determinación, pero está claro que "los parches grandes se colocan el los grandes agujeros."

07 mayo, 2011

EXPEDIENTE SANCIONADOR A UNA EMPRESA POR "INSPECTORES ILEGALES"

LOS INSPECTORES NO PUEDEN INSPECCIONAR SERVICIOS SI NO ESTAN HABILITADOS COMO JEFES DE SEGURIDAD O TIENEN DELEGADAS TALES  FUNCIONES POR ESCRITO

La Subdelegación del gobierno de una provincia aun por revelar por las fuentes de esta información ha iniciado  un expediente sancionador contra una empresa de seguridad, cuyo nombre tampoco ha sido desvelado por atribuir funciones de inspección de servicios a personal no habilitado o delegado para ello.
La Brigada Provincial de Seguridad privada competente ha probado que la empresa en cuestión tenia encargadas  las funciones de inspección de los diferentes servicios a un denominado “INSPECTOR” que realizaba tales menesteres sin estar habilitado como Jefe de Seguridad y sin haber sido delegado en funciones (Por escrito) por el Jefe de Seguridad de la empresa.
La sanción a la que podría enfrentarse la empresa afectada oscila entre los 300,52 y los  30050,61 euros.

05 abril, 2010

INSPECTOR DE SERVICIOS DEL AEROPUERTO DE SEVILLA CONDENADO POR "MOBBING"

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TODO COMENZO TRAS UNA ASAMBLEA DE TRABAJADORES CELEBRADA EN EL AEROPUERTO DE SEVILLA EL 14 DE JULIO DE 2003, SIENDO LA CONCESIONARIA DEL SERVICIO DE SEGURIDAD LA EMPRESA SEGUR IBERICA S.A.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado a una empresa de seguridad y a un empleado de la misma a indemnizar con 12.000 euros a una vigilante del aeropuerto por el acoso moral al que fue sometida durante dos años y que le ocasionó trastornos ansioso-depresivos por los que tuvo que darse de baja hasta en cuatro ocasiones.

La resolución de la Sala de lo Social del TSJA confirma la resolución dictada en su día por el juzgado de lo Social número 2 de Sevilla, aunque incluye en el pago solidario de la indemnización al inspector de servicio al que se considera responsable del mobbing.

Los hechos se remontan a una asamblea de vigilantes de seguridad del aeropuerto celebrada el 14 de julio de 2003, en la que se levantó un acta donde se denunciaban las faltas de respeto y coacciones por parte de un inspector de servicios.

Ese acta fue firmada por la vigilante en cuestión y, a partir de ese momento, según recoge la sentencia, el inspector de servicios comenzó a recriminarla y tratarla de forma despectiva.

Dicen los jueces que la llamó en una ocasión "inútil", que la trasladó de puesto y que con frecuencia le profería expresiones del tenor "tú te callas", "aquí no eres nadie", "el que mando soy yo", "de esa loza no te mueves porque lo digo yo" o "no desayunas porque lo digo yo".

De la misma forma, el inspector le manifestó otro día que estaba "en una lista negra y no pararía hasta echarla" de la empresa.
Según los jueces, el acoso también se traducía en que le cambiaba el turno previsto en los cuadrantes de trabajo y le variaba de puesto sin que el servicio lo necesitara.

La trabajadora puso los hechos en conocimiento de la empresa y los sindicatos le comentaron en numerosas ocasiones lo ocurrido al gerente de la sociedad.


Como consecuencia de la situación, la vigilante se dio de baja por incapacidad temporal en septiembre de 2003 y luego en varias ocasiones más, debido a los síntomas ansioso-depresivos derivados del conflicto laboral que padecía.

El tribunal considera acreditado que después de que la trabajadora firmara el acta en el que se denunciaba la conducta del inspector de servicios, éste comenzó una "actitud de hostigamiento" durante los años 2004 y 2005.


La empresa alegó que no había quedado acreditado el acoso de la trabajadora,pero el tribunal entiende que el relato de hechos probados "dibuja un inequívoco panorama de hostigamiento" a la vigilante de seguridad que le provocaron "sucesivas crisis de ansiedad, determinantes de bajas médicas y situaciones de incapacidad temporal, por lo que es incuestionable la existencia de indicios de vulneración de sus derechos fundamentales".

29 julio, 2009

EL DELEGADO DE SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA EN LANZAROTE ROBA DOS SACAS CON 1,8 MILLONES DE EUROS

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LAS SACAS CON EL DINERO DEBÍAN SER TRASLADADAS A LA MAÑANA SIGUIENTE A GRAN CANARIA EN TRANSPORTE BLINDADO

Una cámara de seguridad secreta delató al autor del robo de 1,8 millones de euros de la sede de Seguridad Integral Canaria en Lanzarote.
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A la mañana siguiente de producirse el hurto, los servicios internos de la empresa detectaron al responsable, que no era otro que su delegado en la isla, y se lo comunicaron a la Guardia Civil en el mismo momento en que el propio implicado se encontraba en las dependencias de la benemérita presentando la denuncia en compañía de un alto responsable de la empresa.

Según aseguran fuentes próximas a Seguridad Integral Canaria (SIC), en torno a las diez de la noche del pasado lunes 20 de julio, E. T., delegado de la empresa en Lanzarote, llega a la sede central ubicada en Arrecife y le dice al vigilante que vaya a hacer unas fotocopias.

En ese momento, se apropia de dos sacas que contenían en su interior 1,8 millones de euros y que debían ser trasladas a Gran Canaria a la mañana siguiente. Esa noche, en la sede de SIC había unos seis millones de euros aproximadamente y sólo el delegado tenía acceso al dinero, según las mismas fuentes. Sabía que existían cámara ocultas, pero desconocía en qué lugar se encontraban, pues forman parte de un sistema de vigilancia interna que tiene la empresa.

Después de apropiarse del dinero, E. T. introdujo las dos sacas en su vehículo y se marchó a su domicilio, aparcó el coche en su garaje y dejó el dinero en el maletero hasta la mañana siguiente, la del martes 21 de julio, en que muy temprano lo trasladó al domicilio de un amigo de su hijo, donde lo escondió. Posteriormente, fue a trabajar como un día normal.

El dinero, según fuentes próximas a la empresa, tenía que trasladarse a Gran Canaria a primera hora de la mañana, y había seis millones de euros repartidos en siete sacas. Cuando los conductores del furgón blindado de la empresa llegan al aeropuerto, se percatan de que sólo había cinco sacas, por lo que vuelven a la central y se paraliza el traslado. Un alto responsable de SIC se hace cargo de la situación y acude junto al delegado a la Guardia Civil.

Mientras se denuncian los hechos, los servicios internos de la empresa proceden al visionado de las grabaciones de las cámaras ocultas y se percatan de que el autor del hurto es el delegado, que está denunciando el robo. Se le comunica a la Guardia Civil y se inicia un proceso de vigilancia que acaba el sábado, cuando el autor reconoce los hechos y traslada a la Guardia Civil hasta el escondite del dinero, que se recupera íntegramente.
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23 abril, 2009

EL JEFE DE EQUIPO ES UNA INVENCION DE LAS EMPRESAS

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LA FIGURA DEL JEFE DE EQUIPO HA SIDO INVENTADA POR LA EMPRESAS PARA AHORRARSE LAS "PERRAS", SON TAN INTRUSOS COMO LOS "AUXILIARES DE SEGURIDAD"

La categoría de Jefe de Equipo es un cargo inventado por las empresas que no esta recogido en norma alguna, ni Ley de Seguridad Privada ni Convenio Colectivo, y fue inventado para ahorrarse el verdadero cargo legal, de Responsable de Equipo.

De esta manera con un Jefe de Equipo con atribuciones sobre todo el personal del servicio se ahorran el de Responsable de Equipo, el cual debería de haber uno, donde hubiera mas de dos vigilantes por turno, y si la empresa no ha nombrado a nadie, por Ley, lo desempeñará el mas antiguo.

O sea, en un servicio de 24 horas con dos o mas vigilantes por turno, debería de haber un Responsable de Servicio por turno, con las funciones que recoge el convenio Colectivo. Eso supone para la empresa un desembolso del 10% mensual para cada uno de ellos sobre el salario base.

Pues bien, las empresas en su afán de escatimar derechos de los trabajadores, suprimen dicho cargo y se inventan el de Jefe de Equipoy , al cual lo ponen siempre de mañana, le dan atribuciones completas sobre los trabajadores del servicio, hacen y deshacen a su antojo por la módica cantidad de lo que cobraría un solo Responsable de Equipo, y alguno ni siquiera lo cobran y solo lo hacen por el poder de dominar a sus semejantes.
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Por supuesto y salvo raras excepciones, que las hay, los criterios de la empresa para escoger a estas personas para dicho cargo, os podéis imaginar, lo vemos en todos sitios, en cualquier ciudad o cualquier empresa.
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¿Y por qué existen estos cargos si no son legales?
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Imagino que, por que la mayoría del personal de Seguridad Privada, no se han leído en su vida un convenio colectivo ni la Ley que nos regula y si lo han hecho, no tienen lo que hay que tener para reclamar sus derechos y se vive mas cómodo (y con mas horas extras) siendo un servil sumiso que siendo un verdadero profesional y orgulloso de serlo.
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29 marzo, 2009

EL INSPECTOR DE SERVICIOS Y EL JEFE DE EQUIPO NO SON NADIE PARA SEGURIDAD PRIVADA





LA NORMATIVA DE SEGURIDAD PRIVADA ( LEY Y REGLAMENTO) NO CONTEMPLA LAS FIGURAS DEL INSPECTOR DE SERVICIOS Y DEL JEFE DE EQUIPO COMO PERSONAL DE SEGURIDAD PRIVADA



Únicamente el convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad observa estas figuras dos figuras; que sin perjuicio de prueba en contra, existen mediante el pacto entre los representantes de los trabajadores y de los empresarios del sector, con el objetivo de dar un reconocimiento a ciertos trabajadores por su responsabilidad y compromiso laboral para con la empresa mediante determinados puestos en la organización del trabajo.



Tanto una, como otra figura, tienen entre las funciones que les asignan las empresas, la de inspeccionar los servicios de una determinada zona.

Pues bien, los artículos 95 b) y 99 del Reglamento de Seguridad Privada son claros al respecto cuando establecen que no caben otras figuras validas a la hora de la inspección de los servicios de seguridad que la del Jefe de Seguridad o el Jefe de Seguridad Delegado.

Si no existiera la figura del Jefe de Seguridad Delegado, el nombramiento o delegación sobre la persona escogida, que tendría que cumplir una serie de requisitos al respecto, DEBERÁ SER COMUNICADO A LA UNIDAD CENTRAL DE SEGURIDAD PRIVADA de forma inexcusable y con la debida diligencia, debiendo de justificar la misma y explicitando el alcance de las funciones delegadas.

Por todo ello es concluyente que los Inspectores no tienen capacidad para realizar las funciones asignadas por el RSP en su artículo 95 b), Y c) al Jefe de Seguridad, y por lo tanto resulta indiferente que sean o no Vigilantes de Seguridad.

Sin embargo, si a un Vigilante de Seguridad, con los requisitos necesarios, le fueran delegadas las funciones del artículo 99, para determinada plantilla, si se cumplirían las exigencias previstas en la normativa de seguridad privada, pudiendo realizar dichos cometidos.