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05 mayo, 2014

EL GOBIERNO INFORMARA POR CARTA DE LA CUANTÍA DE TU FUTURA PENSIÓN

ESTIMARÁ LA CUANTIA DE LA PENSION Y LA EDAD DE JUBILACION 

 

El Gobierno espera que todos los españoles con una carrera de cotización superior a cinco años, alrededor de 17,6 millones de personas, reciban ya en 2016 la carta en la que la Seguridad Social les informará de la edad estimada en la que podrán jubilarse y la pensión pública con la que contarán en ese momento.

 

Para el Estado esta comunicación supondrá un coste superior a los 11 millones de euros en estos tres años. Así consta en la memoria económica del proyecto de Real Decreto por el que se regulan las obligaciones tanto de la Administración como de las entidades privadas respecto a esa comunicación que el Gobierno prevé poner en funcionamiento ya en 2014 para concienciar a los ciudadanos sobre la importancia que tiene su carrera de cotización en la futura pensión y la disposición de todo tipo de formas de ahorro para que ésta sea suficiente.
Está previsto que la primera notificación se realice a los seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto, siempre antes de que finalice 2014, y que en un primer momento llegue a 5,3 millones de personas (afiliados y perceptores de prestaciones por desempleo), todos ellos mayores de 50 años en situación de alta en la Seguridad Social o que, en situación de baja, acrediten el periodo mínimo de cotización necesario para tener derecho a una pensión de jubilación ordinaria.
Para el año 2015, se espera extender esta comunicación a los mayores de 40 añoscon un total de 10,8 millones de personas, y que en 2016 la carta llegue a todos aquellos que acrediten más de 5 años de cotización, hasta 17,6 millones de personas.
¿En qué consistirá la carta?

La carta anual que recibirán los cotizantes a través de correo ordinario procedente de las entidades gestoras de las Seguridad Social en 2014 y años sucesivos deberá contener información puntual sobre la edad legal de jubilación que le corresponderá al trabajador si continuase cotizando al sistema hasta dicha edad, la fecha a la que podrá acceder a la jubilación ordinaria, los periodos de cotización necesarios para ello, y el importe mensual y anual estimado en euros constantes de la pensión de jubilación correspondiente, calculado sobre 14 pagas.
Además, esta comunicación por parte de la Seguridad Social deberá ir paralela a otra procedente de las entidades privadas sobre los instrumentos de carácter complementario y alternativo, tales como mutualidades de previsión social, planes de previsión social empresariales o planes y fondos de pensiones y seguros individuales y colectivos.
En este caso, la estimación se realizará a partir de las aportaciones realizadas a estos instrumentos por parte del asegurado. En el primer caso, la obligación de la Seguridad Social de informar se prolongará hasta que el trabajador cumpla la edad legal de jubilaciónsalvo que el trabajador no acredite en ese momento el periodo mínimo de cotización exigible, remitiéndose en tal caso la información hasta que cumpla 70 años.
En el caso de los instrumentos privados de protección, la comunicación se extenderá hasta que el asegurado cumpla los 65 años y el importe se calculará sobre 12 pagas anuales.   
El texto elaborado por el Gobierno avisa de que la información que se remita al ciudadano, en su doble vertiente, futuro derecho a pensión de jubilación de la Seguridad Social y futuros derechos estimados en razón de las aportaciones a otros instrumentos de previsión social complementaria o alternativa,"tendrá un mero valor informativo y orientador [...], sin que en ningún caso dicha información pueda originar derechos ni expectativas de derecho a su favor, ni obligaciones o responsabilidades a las entidades que la emiten".
Para obtener la información sobre la futura pensión se utilizarán los datos que tenga la Seguridad Social en el momento de la fecha de emisión

A partir de dicha fecha, se harán estimaciones en función de una serie de criterios técnicos a definir mediante una resolución de la Secretaría de estado de la Seguridad Social.
 Empleo precisa que, con carácter general, se utilizará como índice anual de actualización (de la pensión) el objetivo de inflación del Banco Central Europeo (BCE) y que no se tendrán en cuenta los coeficientes reductores aplicables a grupos o actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres ni los supuestos previstos legalmente para reducir la edad ordinaria de jubilación.
Un nuevo modelo de nómina

Por otro lado, el texto señala que, dentro de la sede electrónica de la Seguridad Social, se creará un entorno electrónico y personalizado denominado 'Tu Seguridad Social', al que podrán acceder los trabajadores para la consulta de sus datos relativos a las prestaciones del sistema, con excepción de las pensiones no contributivas y de las prestaciones por desempleo de nivel contributivo y asistencial, así como para la realización de las gestiones con ellas relacionadas.
Además, el proyecto de Real Decreto prevé implantar un nuevo modelo de nómina, que entrará en vigor a los tres meses desde su aprobación y que sustituirá al actual para ofrecer información más completa al ciudadano.
Fuente: ABC.es

1 comentario:

Anónimo dijo...

Encima se gastaran 11 millones en facilitar esta informacion via correo ordinario, en pleno siglo XXI y con la tecnologia de la informacion no sale mas barato publicar en la prensa el enlace para acceder a dichos datos por internet?, total derrochar dinero publico y luego bajar las penciones por falta de liquidez, esto es la razon de la sin razon, asi va España, y a pagar los de siempre.