ESTIMARÁ LA CUANTIA DE LA PENSION Y LA EDAD DE JUBILACION
El Gobierno espera que todos los españoles con una carrera de cotización superior a cinco años, alrededor de 17,6 millones de personas, reciban ya en 2016 la carta en la que la Seguridad Social les informará de la edad estimada en la que podrán jubilarse y la pensión pública con la que contarán en ese momento.
Para
el Estado esta comunicación supondrá un coste superior a los 11
millones de euros en estos tres años. Así consta en la memoria económica
del proyecto de Real Decreto por el que se regulan las obligaciones tanto de la Administración como de las entidades privadas respecto a esa comunicación que el Gobierno prevé poner en funcionamiento ya en 2014 para concienciar a los ciudadanos sobre la importancia que tiene su carrera de cotización en la futura pensión y la disposición de todo tipo de formas de ahorro para que ésta sea suficiente.
Está previsto que la primera notificación se realice a los seis meses desde la entrada en vigor del Real Decreto,
siempre antes de que finalice 2014, y que en un primer momento llegue a
5,3 millones de personas (afiliados y perceptores de prestaciones por
desempleo), todos ellos mayores de 50 años en situación de alta en la Seguridad Social o
que, en situación de baja, acrediten el periodo mínimo de cotización
necesario para tener derecho a una pensión de jubilación ordinaria.
Para el año 2015, se espera extender esta comunicación a los mayores de 40 años, con
un total de 10,8 millones de personas, y que en 2016 la carta llegue a
todos aquellos que acrediten más de 5 años de cotización, hasta
17,6 millones de personas.
¿En qué consistirá la carta?
La carta anual que recibirán los cotizantes a través de correo
ordinario procedente de las entidades gestoras de las Seguridad Social
en 2014 y años sucesivos deberá contener información puntual sobre la edad legal de jubilación que
le corresponderá al trabajador si continuase cotizando al sistema hasta
dicha edad, la fecha a la que podrá acceder a la jubilación ordinaria,
los periodos de cotización necesarios para ello, y el importe mensual y anual estimado en euros constantes de la pensión de jubilación correspondiente, calculado sobre 14 pagas.
Además, esta comunicación por parte de la Seguridad Social deberá ir paralela a otra procedente de las entidades privadas sobre los instrumentos de carácter complementario y alternativo, tales
como mutualidades de previsión social, planes de previsión social
empresariales o planes y fondos de pensiones y seguros individuales y
colectivos.
En
este caso, la estimación se realizará a partir de las aportaciones
realizadas a estos instrumentos por parte del asegurado. En el primer
caso, la obligación de la Seguridad Social de informar se prolongará
hasta que el trabajador cumpla la edad legal de jubilación, salvo que el trabajador no acredite en ese momento el periodo mínimo de cotización exigible, remitiéndose en tal caso la información hasta que cumpla 70 años.
En
el caso de los instrumentos privados de protección, la comunicación se
extenderá hasta que el asegurado cumpla los 65 años y el importe se
calculará sobre 12 pagas anuales.
El texto elaborado por el Gobierno
avisa de que la información que se remita al ciudadano, en su doble
vertiente, futuro derecho a pensión de jubilación de la Seguridad Social
y futuros derechos estimados en razón de las aportaciones a otros
instrumentos de previsión social complementaria o alternativa,"tendrá
un mero valor informativo y orientador [...], sin que en ningún caso
dicha información pueda originar derechos ni expectativas de derecho a
su favor, ni obligaciones o responsabilidades a las entidades que la
emiten".
Para obtener la información sobre la futura pensión se utilizarán los datos que tenga la Seguridad Social en el momento de la fecha de emisión
A
partir de dicha fecha, se harán estimaciones en función de una serie de
criterios técnicos a definir mediante una resolución de la Secretaría
de estado de la Seguridad Social.
Empleo precisa que, con carácter
general, se utilizará como índice anual de actualización (de la pensión)
el objetivo de inflación del Banco Central Europeo (BCE) y que no se
tendrán en cuenta los coeficientes reductores aplicables a grupos o
actividades penosas, tóxicas, peligrosas o insalubres ni los supuestos
previstos legalmente para reducir la edad ordinaria de jubilación.
Un nuevo modelo de nómina
Por otro lado, el texto señala que, dentro de la sede electrónica de la
Seguridad Social, se creará un entorno electrónico y personalizado
denominado 'Tu Seguridad Social', al que podrán acceder los trabajadores para la consulta de sus datos relativos a
las prestaciones del sistema, con excepción de las pensiones no
contributivas y de las prestaciones por desempleo de nivel contributivo y
asistencial, así como para la realización de las gestiones con ellas
relacionadas.
Además,
el proyecto de Real Decreto prevé implantar un nuevo modelo de nómina,
que entrará en vigor a los tres meses desde su aprobación y que
sustituirá al actual para ofrecer información más completa al ciudadano.
Fuente: ABC.es
1 comentario:
Encima se gastaran 11 millones en facilitar esta informacion via correo ordinario, en pleno siglo XXI y con la tecnologia de la informacion no sale mas barato publicar en la prensa el enlace para acceder a dichos datos por internet?, total derrochar dinero publico y luego bajar las penciones por falta de liquidez, esto es la razon de la sin razon, asi va España, y a pagar los de siempre.
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