LOS INSPECTORES NO PUEDEN INSPECCIONAR SERVICIOS SI NO ESTAN HABILITADOS COMO JEFES DE SEGURIDAD O TIENEN DELEGADAS TALES FUNCIONES POR ESCRITO
La Subdelegación del gobierno de una provincia aun por revelar por las fuentes de esta información ha iniciado un expediente sancionador contra una empresa de seguridad, cuyo nombre tampoco ha sido desvelado por atribuir funciones de inspección de servicios a personal no habilitado o delegado para ello.
La Brigada Provincial de Seguridad privada competente ha probado que la empresa en cuestión tenia encargadas las funciones de inspección de los diferentes servicios a un denominado “INSPECTOR” que realizaba tales menesteres sin estar habilitado como Jefe de Seguridad y sin haber sido delegado en funciones (Por escrito) por el Jefe de Seguridad de la empresa.
La sanción a la que podría enfrentarse la empresa afectada oscila entre los 300,52 y los 30050,61 euros.
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