TENDRÁ QUE EMPEZAR DESDE EL PRINCIPIO Y NEGOCIAR CON LOS REPRESENTANTES LEGITIMOS DE LOS TRABAJADORES
La Audiencia Nacional ha dictado sentencia declarando la nulidad del acuerdo para la inaplicación de las condiciones de trabajo previstas en el convenio, alcanzado por la empresa y representantes de UGT, USO y CCOO.
La
sentencia desestima la validez del acuerdo por dos razones principalmente:
1.- La Comisión
negociadora no se ajusta proporcionalmente a la representatividad efectiva de
cada sindicato. Teniendo, por ejemplo, UGT dos miembros igual que USO cuando el
primero tiene mayor representatividad.
2.- No
se puede dar validez a los votos del delegado de CC.OO. y USO puesto que su
voto no corresponde a ellos sino a los sindicatos, dado que ambas
organizaciones sindicales negociaron como Federaciones, al no tener Secciones
Sindicales en la empresa.
La sentencia es recurrible en casación aunque es ejecutiva desde el momento de su publicación, y la nulidad del Acuerdo impugnado es total,obligando a Falcon, en su caso, a realizar de nuevo el proceso desde el principio.
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