ultimas noticias

07 febrero, 2011

LOS DATOS PERSONALES DEL VIGILANTE NO PUEDEN SER EXPUESTOS PUBLICAMENTE


INFORME DE LA  Agencia Española de Protección de Datos A PETICION DEl SINDICATO ASP
ASP, Agrupación Sindical Profesional de Personal Habilitado de Seguridad Privada, mediante escrito presentado ante la Agencia Española de Protección de Datos el pasado 22 de julio de 2010, ha puesto de manifiesto ante esa institución que es práctica habitual en los juzgados españoles el que, en la celebración de juicios orales, se exponga en la entrada a la sala de vistas un listado con los juicios a celebrar, donde se exhiben a la vista de todo el mundo los datos personales de los asistentes al juicio, así como su grado de participación.
Por ello, ASP añade que los vigilantes de seguridad, puesto que tienen la obligación de detener y poner a disposición judicial a los presuntos delincuentes que sorprendan, han de acudir posteriormente a juicio, figurando los datos personales de aquellos profesionales a la puerta de las salas de audiencias, a la vista de cualquiera "delincuentes de todo tipo incluidos".
Por otro lado ASP ha apuntado que desde la Unidad Central de Seguridad Privada (UCSP) perteneciente al Ministerio del Interior se está planteando la posibilidad de usar el número del DNI como número de identificación ante los ciudadanos por parte de los vigilantes de seguridad y sus especialidades, constando de forma visible tanto en la Tarjeta de Identificación Profesional (TIP) como en la placa identificativa de estos profesionales.
La Agencia Española de Protección de Datos, en atención a este escrito ha emitido un Informe al respecto con las siguientes conclusiones:

  • Se ha de proteger la identidad y los datos personales de los vigilantes de seguridad intervinientes en juicio, evitando la publicidad de estos datos. Deben adoptarse al respecto las pertinentes cautelas y medidas de seguridad.
  • La mención visible del número del DNI de los vigilantes de seguridad debe quedar excluida tanto de la tarjeta como de la placa identificativa de estos profesionales, en cuanto tales elementos constituyen medios de identificación ante los ciudadanos.
    .

    No hay comentarios: