Sobre la consulta realizada por Alternativa Sindical ante la Unidad Central de Seguridad Privada sobre la competencia de los Vigilantes de Seguridad en la regulación del tráfico en las inmediaciones del centro de prestación del servicio, esta Unidad Policial ha emitido el correspondiente informe al respecto. Ver Informe
El citado informe fija la posición y el criterio decisor de las Unidades de Seguridad Privada en relación con el objeto de la consulta sometida a consideración y concluye con la siguiente forma:
CONCLUSIONES
“…….La actuación de los Vigilantes de Seguridad quedará circunscrita a las actuaciones dentro del centro de servicio (Complejo hospitalario en el supuesto sometido a consulta), y siempre amparados en las órdenes impartidas por el Responsable de Seguridad del Centro, o por el Jefe de Seguridad de la empresa a la que pertenece, por lo tanto, la regulación del tráfico en las vías públicas que se encuentren fuera del centro de servicio corresponde a la Policía Municipal o a los Agentes de Movilidad, pudiendo actuar en situaciones de emergencia y siempre que sean requeridos por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
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