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01 noviembre, 2009

UNA SENTENCIA DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE MADRID ESTABLECE LA NULIDAD DE LAS SANCIONES NO COMUNICADAS EN TIEMPO Y FORMA

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LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL DECLARA NULAS LAS SANCIONES CUYA FECHA DE EFECTO NO SE HAYAN COMUNICADO DEBIDAMENTE


Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid ,469/2008 de 30 Junio, ha estimado la declaracion de nulidad de las sanciones impuestas cuya debida notificacion haya sido omitida o presente defectos formales.


La sanciones cuya notificacion de procedimiento y de fecha de efectos no se ajusten a lo establecido al efecto en el Estatuto de los Trabajadores, Articulo 58.2 SERAN DECLARADAS NULAS.

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